1. EL GOBIERNO DE ARAGÓN ACUERDA UNA AMPLIACIÓN GENERAL DE DOS DÍAS DE LOS PROCEDIMIENTOS.
Afecta a los plazos de todos los procedimientos administrativos tramitados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus organismos públicos que se hallaren en curso los días 28 y 29 de abril de 2025, lo que comprende los plazos de presentación de autoliquidaciones tributarias.
Como consecuencia de la interrupción generalizada del suministro eléctrico que tuvo lugar el 28 de abril de 2025 en toda la península Ibérica, se han visto gravemente afectados los servicios y sistemas utilizados para la tramitación de los procedimientos administrativos, viéndose perjudicado el ejercicio de los derechos de los ciudadanos que no pudieron comunicarse con la Administración ni por vía electrónica ni, en muchos casos, a través de las oficinas de asistencia en materia de registros, para presentar sus solicitudes y documentos.
Del mismo modo, tampoco han podido llevarse a cabo las actuaciones administrativas dirigidas a la tramitación y resolución de los procedimientos administrativos ni practicarse autoliquidaciones tributarias, también sujetas a plazo.
Durante el día siguiente, 29 de abril de 2025, han persistido estas afecciones sufridas por los sistemas telemáticos de comunicación con las Administraciones Públicas.
Por esa razón se ha publicado en el BOA la ORDEN PEJ/423/2025, de 30 de abril, conjunta de los Departamentos de Presidencia, Economía y Justicia y de Hacienda, Interior y Administración Pública, por la que se acuerda una ampliación general de dos días para los plazos de todos los procedimientos administrativos tramitados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus organismos públicos.
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2. HACIENDA HA ACORDADO AMPLIAR HASTA ESTE MIÉRCOLES 30 DE ABRIL LOS PLAZOS RELACIONADOS LA AGENCIA TRIBUTARIA QUE CONCLUÍAN EL LUNES 28 O EL MARTES 29 DE ABRIL CON MOTIVO DEL APAGÓN ELÉCTRICO QUE SUFRIÓ TODA LA PENÍNSULA IBÉRICA.
El servicio de la Agencia Tributaria ya se encuentra restablecido por completo.
Para revertir las dificultades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y aduaneras por los ciudadanos y garantizar el normal desarrollo de los procedimientos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en aplicación del artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se declaran ampliados hasta el miércoles 30 de abril de 2025 los plazos con vencimiento los días 28 o 29 de abril», indica a través de su página web.
Las gestiones que alargan sus plazos
- Presentación de declaraciones-liquidaciones, así como de comunicaciones u otras obligaciones de carácter formal.
- Presentación de alegaciones y presentación de pruebas en procedimientos de aplicación de los tributos y aduaneros, así como para atender requerimientos.
- Realización de pagos.
- Interposición de recursos de reposición.
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